Que noooooooo, que no
nos confundamos, que una cosa es confesar y cumplir una penitencia “sencillita”
y otra diferente y sumada, es padecer por el daño infringido.
¡Que no te preocupes jolín!
Que con la confesión tenemos el cielo abierto, pero ¡amigo de mis amores! Nos queda…
La condena (qué palabra más fuerte) del dolor a pagar después de una declaración
de culpabilidad.
Vamos a ver si nos entendemos:
Es lo mismo que en los Tribunales de lo Penal, no se libran de la pena aunque
confiesen ¿vale?, sólo que aquí lo cumplimos en el alma.
No tenemos cadena
perpetua ni pena de muerte, pero seamos justos, por algún lado, hemos de sufrir
el grave daño causado aunque estemos perdonados.
Tu conciencia de
arrepentimiento te lo impone, no Dios y, como no somos perversos pues es lo que
toca…
El “tema” ya lo padecimos
con Jesús, cuando dijo: “Perdónales porque no saben lo que hacen”, (y
si lo sabemos, peor). Aquél día, muchos lloraron y siguieron llorando hasta
nuestros días, a eso me refiero.
“Los posos” del daño no
tienen que ver con la misericordia; ésta la otorga el sacerdote en nombre de Dios,
pero confesar y bailar la conga, pues como que uno no tiene ganas. Un poco de
seriedad señores, con este dolor en el alma (no de pecado), la próxima vez, lo
pensaremos dos veces.
En el fondo, “la condena”
¡Es una lección de vida!!!
Emma Díez Lobo
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